De acuerdo al reglamento de copropiedad y la ley, es obligación pagar los gastos comunes.
Dependiendo de los acuerdos a los que se llegue como comunidad y al reglamento de cada edificio, las multas por no pago de los gastos comunes pueden variar, pero en general
son:
• Interés máximo para operaciones no reajustables por cada día de atraso.
• Suspender u obtener la suspensión del servicio eléctrico domiciliario que se suministra a aquellas unidades morosas en el pago de tres o más cuotas, continuas o discontinuas de los gastos comunes, con sus intereses y multas