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Los consentidos del hogar tienen estatus legal

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    A propósito de la inminente promulgación de la nueva Ley de Copropiedad ningún condominio en Chile podrá prohibir tener mascotas, lo que supone que estarán suprimidas las restricciones contenidas en los actuales reglamentos.

    Este tema que ha generado cierta controversia, resulta relevante en nuestro país, ya que el 73% de los chilenos afirma tener por lo menos una mascota y un 96% considera que son parte de la familia, según una encuesta de Cadem 2021.

    Puedes tener mascotas con ciertas limitaciones

    La mascota es un animal doméstico, que es tenido para compañía o seguridad. Pueden ser consideradas diferentes especies, pero no es posible tener especies protegidas o en peligro de extinción.

    Según la nueva Ley pueden imponerse las limitaciones que estimen convenientes, siempre que no sean contrarias al ejercicio legítimo de cualquier otro derecho y a las disposiciones legales.

    Y añade que el reglamento de copropiedad (que aún no está elaborado), no podrá prohibir la tenencia de mascotas y animales de compañía por parte de copropietarios, arrendatarios u ocupantes del condominio, dentro de las respectivas unidades.

    No obstante, podrá establecer limitaciones y restricciones respecto al uso de los bienes comunes por parte de dichos animales, con el objeto de no perturbar la tranquilidad ni comprometer la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio, especialmente tratándose de especímenes caninos calificados como potencialmente peligrosos, respecto de los cuales son plenamente aplicables las medidas especiales de seguridad y protección y las condiciones especiales de tenencia contenidas en el artículo 6° de la ley N° 21.020.

    Fuente: Kastor