¿Qué señala la Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442 con respecto a las multas en condominios o edificios?
Comúnmente las administraciones de condominios o edificios basados en el Reglamento de Copropiedad, imponen multas a copropietarios y residentes. Sin embargo, algunas de éstas no son aplicadas correctamente y por ende no tienen validez. En ésta nota te señalamos cuáles son los motivos que debe considerar la administración de un condominio a la hora de cursar una multa, valor de dicha sanción, cómo deben ser aplicadas para evitar que no procedan, quiénes son los responsables del pago de ésta y más.
La Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442, señala en su artículo 27 lo siguiente: “Las unidades no podrán utilizarse para otros objetos que los establecidos en el reglamento de copropiedad. Tampoco se podrá ejecutar acto alguno que perturbe la tranquilidad de los copropietarios o comprometa la seguridad, salubridad y habitabilidad del condominio o de sus unidades, ni provocar ruidos en las horas que ordinariamente se destinan al descanso, ni almacenar en las unidades materias que puedan dañar las otras unidades del condominio o los bienes comunes. El propietario, arrendatario u ocupante a cualquier título de una unidad solo podrá efectuar dentro de ésta instalaciones de artefactos a gas, de ventilaciones, de inyectores o extractores que modifiquen el movimiento y circulación de masas de aire, a través de la persona o entidad autorizada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y previa comunicación al administrador o a quien haga sus veces”.
De esto, se desprenden los motivos más comunes que considera la administración de un condominio a la hora de cursar una multa:
Multa por uso inadecuado a la unidad
Multa por ruidos molestos
Multa por atentar contra la seguridad
Multa por comprometer la salubridad y habitabilidad del condominio
Multa por otros temas fijados en el reglamento de copropiedad
¿Cuál es el valor permitido en caso de infracción?
La Ley 21.442 establece que en caso de infracción a lo prevenido en el artículo 27, el infractor será sancionado con multa de 1 a 3 UTM, pudiendo el tribunal elevar al doble su monto en caso de reincidencia.
¿Cómo deben ser aplicadas dichas sanciones según la Nueva Ley 21.442?
- Identifica que el motivo causante de la multa, esté señalado en el Reglamento de Copropiedad.
- Reúne las pruebas de la infracción: Fotos, videos o testigos que demuestren el incumplimiento del reglamento.
- Notificar al copropietario o residente la aplicación de la multa, especificando el detalle de la infracción cometida y el valor a pagar.
* Importante: En caso de que el residente o propietario no quiera pagar la multa aplicada, la administración debe presentar el caso al Juzgado de Policía Local correspondiente.
¿Quiénes son los responsables del pago de dichas sanciones?
Los responsables del pago de las multas aplicadas por infracción solidariamente, serán: el infractor y el propietario de la respectiva unidad, sin perjuicio del derecho de este último de repetir contra el infractor.
Por todo lo anterior, es clave actualizar tu reglamento de copropiedad para dictar normas que faciliten el uso y administración del condominio. Protege la convivencia sana de tu comunidad, solicita Edifito y recibe la asesoría legal que necesitas de abogados expertos en la materia. ¡Solicita ahora la revisión y actualización de los documentos que necesites para mantener en regla tu condominio o edificio!