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¡Ya es oficial! Conoce la nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria

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    La normativa establece aspectos como la clasificación de los
    condominios, fórmulas de resolución de conflictos, creación de un Registro
    Nacional de Administradores de Condominios, la posibilidad de rebajar gastos
    comunes para el comité de administración y la tenencia de mascotas, entre otros.
     

    El pasado 13 de abril entró en vigencia la Ley sobre Copropiedad Inmobiliaria, que fue
    tramitada por más de cuatro años en el Congreso, y que renueva la antigua
    legislación que data de 1997.

    Si bien la nueva
    Ley no conlleva cambios de fondo y de lógica en relación a la actual Ley
    19.537, sí trae ventajas o beneficios para los Condominios que actualicen sus
    Reglamentos de Copropiedad. Además, los Condominios que acojan sus cambios en
    sus Reglamentos de Copropiedad, aprovecharán de tener una vida en comunidad más
    ordenada y discutir temas de real interés.  

    Según informó el ministro Carlos Montes “esta Ley de Copropiedad Inmobiliaria tiene
    una orientación fundamental: facilitar el construir la vida en común de los que
    viven juntos en edificio y darle más posibilidades a lo colectivo. Hay muchos
    lugares en los que no hay problemas, pero hay muchos otros en los que un mal
    vivir le echa a perder la vida a todos. Esta ley viene fundamentalmente a
    resolver eso”.

    Cabe
    destacar que las comunidades de copropietarios que se acogieron a la Ley N°19.537,
    se regirán por la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria desde su publicación, debiendo
    ajustarse los Reglamentos de Copropiedad vigentes en el plazo de 1 año. Por su
    parte, las disposiciones de aquellos Reglamentos que no se ajusten a las normas
    legales de la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria serán consideradas nulas absolutamente.

    ¿Cuáles son
    las principales incorporaciones de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria?

    1. SE CREA EL REGISTRO NACIONAL DE ADMINISTRADORES DE CONDOMINIOS
    Registro público, gratuito y obligatorio, que estará a cargo del Minvu y permitirá a las comunidades elegir administradores calificados.

    2. ESTABLECE UN SISTEMA DE RECLAMACIONES Y SANCIONES SOBRE LA ADMINISTRACIÓN
    Las comunidades podrán efectuar reclamaciones sobre las actuaciones de los administradores en las Seremi Minvu, las que podrán dictaminar sanciones en caso de corroborar una infracción.

    3. FACILITA LA ADOPCIÓN DE ACUERDOS EN ASAMBLEAS
    La nueva ley permite realizar asambleas a través de vías telemáticas o virtuales, hacer consultas por escrito, la participación de arrendatarios y simplifica los quórums para que las comunidades puedan lograr acuerdos.

    4. FORTALECE EL APOYO PÚBLICO PARA CONDOMINIOS DE VIVIENDAS SOCIALES
    Las municipalidades deberán prestar asesoría, actuar como instancia de mediación extrajudicial y desarrollar programas educativos sobre derechos y deberes. En tanto, municipalidades, gobiernos regionales y Serviu podrán destinar recursos para diversos propósitos.

    5. PERMITE LA TENENCIA DE MASCOTAS Y ANIMALES DE COMPAÑÍA
    No se puede prohibir tener mascotas, pero las comunidades sí podrán determinar en su reglamento los espacios comunes que éstas pueden utilizar.

    6. SE CREA LA SECRETARÍA EJECUTIVA DE CONDOMINIOS DEL MINVU
    Para atender de manera más adecuada las diversas problemáticas asociadas a las copropiedades como, por ejemplo, proponer iniciativas de mejoramiento, ampliación o capacitación.

    7. AUMENTA LAS EXIGENCIAS REFERIDAS A LA SEGURIDAD DE LOS CONDOMINIOS
    Todo condominio deberá contar con un Plan de Emergencia, que deberá ser actualizado anualmente, y contratar un seguro colectivo contra incendios.

    8. NUEVAS CONDICIONES PARA LA CONSTRUCCIÓN DE CONDOMINIOS
    El diseño de nuevos condominios deberá considerar su integración a la trama vial de la ciudad y el acceso directo a bienes nacionales de uso público, asegurar el tránsito expedito de vehículos de emergencia en su interior y aumentar la transparencia visual de los cierres perimetrales.